Instituto e-Learning del Seguro
Instituto e-Learning del Seguro
Las exigencias formativas para los empleados y colaboradores de los Corredores y Corredurías están recogidas en el Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación en seguros.
De esta manera, en la actividad aseguradora, la formación no solamente es un valor necesario para quienes quieran desarrollar profesionalmente su carrera en este sector, sino que en la mayoría de los casos es obligatoria por Ley. Tal es el caso de: Mediadores de Seguros, empleados y colaboradores de estos y empleados de entidades aseguradoras.
El curso de formación (INICIAL) para todas las personas que se integran en el NIVEL 2 tendrá una duración de 200 horas, salvo que en la memoria de ejecución se indique una duración distinta en función del tipo o tipos de seguro o reaseguro que sean objeto de mediación y de las concretas características de la actividad de mediación que deba desarrollar la persona formada.
La duración del curso de formación podrá ser inferior a la prevista, siempre que se justifique esta circunstancia en la memoria de ejecución teniendo en consideración los criterios objetivos que se especifiquen por resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
El curso de formación (INICIAL) para todas las personas que se integran en el NIVEL 3 tendrá una duración de 150 horas, salvo que en la memoria de ejecución se indique una duración distinta en función de las concretas características de la actividad que deba desarrollar la persona formada.
La duración del curso de formación podrá ser inferior a la prevista, siempre que se justifique esta circunstancia en la memoria de ejecución teniendo en consideración los criterios objetivos que se especifiquen por resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
El Real Decreto 287/2027, de 20 de abril, también regula la FORMACIÓN CONTINUA OBLIGATORIA de las personas comprendidas en los nivele 1, 2 y 3.
Así, una vez accedan al ejercicio de su actividad, las personas integradas en los Niveles 1, 2 y 3 deberán asistir a cursos de formación continua que podrán impartirse en presencia o a distancia, incluida la vía electrónica.
En todo caso, se garantizará una formación adecuada para el ejercicio de sus funciones, teniendo la consideración de formación continua la actualización a través de los procedimientos de información establecidos para mantener al día los conocimientos adquiridos en cada momento.
Para los Niveles 1 y 2, estos cursos de formación continua tendrán una duración mínima de 25 horas anuales y su contenido y duración se establecerá en función del tipo o tipos de seguro que, en su caso, sean objeto de mediación, de las concretas características de la actividad que deba desarrollar la persona formada y de la necesidad de actualización de los conocimientos precisos para el desarrollo de su actividad.
Para el Nivel 3, estos cursos de formación continua tendrán una duración mínima de 15 horas anuales y su contenido y duración se establecerá en función del tipo o tipos de seguro que, en su caso, sean objeto de mediación, de las concretas características de la actividad que deba desarrollar la persona formada y de la necesidad de actualización de los conocimientos precisos para el desarrollo de su actividad.